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DOS RECETARIOS DE TTO PACIENTES HIV-CIRCULAR Nº 110/18

ESTIMADAS FARMACIAS ADHERIDAS:
CON EL FIN DE RESGUARDAR LA CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS DE AFILIADOS PORTADORES DE H.I.V., Y CONFORME LO ESTABLECEN LAS LEYES NACIONALES , LA D.O.S. HA DECIDIDO QUE A PARTIR DEL DÍA LUNES 6 DE AGOSTO DE 2018, TODO RECETARIO DE PLANES ESPECIALES DESTINADOS A LA PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS PARA EL TRATAMIENTO DE H.I.V., SE IDENTIFICARÁ SOLAMENTE CON EL NUMERO DEL D.N.I., SIN CONSIGNAR NOMBRE.
 
POR LO TANTO ESTOS RECETARIOS SÓLO TENDRÁN IMPRESO EL D.N.I. DE ESTOS PACIENTES.
 
LA D.O.S. REQUIERE DE LOS PRESTADORES FARMACÉUTICOS TENER EN CUENTA ESTA CARACTERÍSTICA ESPECIAL EN DICHAS RECETAS Y, POR LO TANTO, NO SOLICITAR AL PACIENTE MÁS DATOS PARA LA AUTORIZACIÓN Y DISPENSA DE SUS MEDICAMENTOS, A FIN DE LOGRAR EL FIN PERSEGUIDO, ESTO ES: LA INTIMIDAD DEL BENEFICIARIO.
 
ATENTAMENTE.-
 
Dpto.Obras Sociales 

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